Atención estudiantes Inscripción para 2024
Estatuto del Estudiante
Consejo Asesor Pedagógico
Los docentes que integren el Consejo Asesor Pedagógico (C.A.P.) serán designados por la Dirección del centro docente, 1 a su elección, 1 elegido por sus pares y 1 por los estudiantes del centro, en cada caso con un suplente respectivo. A los efectos de la presidencia del Consejo, se seguirán los criterios del artículo 13 del Estatuto del Funcionario Docente, lo que determinará formalmente la Dirección. Los miembros durarán un año en sus funciones, las cuales son irrenunciables. El C.A.P. será convocado por la Dirección del centro docente por su propia iniciativa o ante petición de uno de sus integrantes, sin perjuicio de ello deberá realizar, por lo menos, una reunión ordinaria mensual, para considerar la situación del centro docente y los comportamientos estudiantiles. En las reuniones ordinarias participará necesariamente el Director, con voz y sin voto. Los cometidos del C.A.P. serán los siguientes: a) actuar como órgano de consulta y opinión de la Dirección sobre aspectos del comportamiento de los educandos. b) proponer a la Dirección las medidas que estime pertinentes, sea de carácter preventivo, de valoración del comportamiento, o correctivas según lo previsto en el presente Estatuto. c) realizar un seguimiento de los educandos, cuando corresponda, con un objetivo pedagógico y formativo. d) reconocer expresamente la actuación de los educandos que se hayan destacado por su escolaridad dentro y fuera del contexto del respectivo centro o por una conducta humana ejemplar.
INTEGRACIÓN 2023:
- Conformación del CAP 2023
- Informamos que este año, el CAP quedó conformado de la siguiente manera:
- Orden docente: María Sáenz (suplente Luisa Ibáñez).
- Orden estudiantil: Federico García (suplente Patricia Cruz).
- Orden dirección: Darwin Bonilla (suplente Eveline Guerra).